miércoles, 27 de diciembre de 2017

COMPARAR LAS CORTES




CORTES ESTAMENTALES
CORTES DE CÁDIZ
-Cada reino tenía sus cortes, así como el principado de Cataluña.Las Cortes son la representación del reino frente al soberano; su misión fundamental es votar los impuestos necesarios a la vida del Estado, Los RR.CC. van a disminuir el poder de las cortes:-Disminuyendo el número de reuniones. Cuando se trata de jurar el nuevo soberano, al heredero, y cuando se hace necesario pedir un nuevo servicio-impuesto.-Andando el tiempo, los Reyes Católicos procuran disponer de ingresos importantes por medio de la fiscalidad indirecta (alcabalas, bulas de cruzada, etc.).- Esto les permite prescindir de las Cortes fuera de los períodos críticos. Aquella institución se convierte, pues, en un instrumento dócil en manos de los soberanos.
Las Cortes de Castilla, consideradas como el único «parlamento» de la corona, no eran la única instancia legislativa en la corona; existían Juntas Generales en el reino de Galicia, el principado de Asturias y el señorío de Vizcaya, asambleas estamentales cuyo papel no era precisamente residual.
-Tras la llegada de los Borbones sólo existían las cortes castellanas, con poderes muy limitados.
La supresión de las cortes y fueros de Aragón y Valencia (1707) y de las instituciones catalanas (decreto de Nueva Planta, 16 de enero de 1716).
Se crearon unas únicas Cortes para toda España, con sede en Castilla, según el modelo de las castellanas, donde ya no hubo representantes estamentales, sino voto por ciudades.
-Elegidos los representantes por voto censitario-nivel de renta- tenía representantes de América-unos 300 diputados. En las Cortes de cádiz se forma la ideología liberal. recuperan en parte las cortes medievales como antecedente, pero creando una idea distorsionada y romántica. El mito de los comuneros.
REPRESENTAN AL REINO:-Derivadas de la curia real solían representar a los diferentes estamentos: nobleza( cuatro brazos en Aragón divididas alta y baja nobleza), clero y pueblo , menos en Castilla compuesta por los procuradores de las ciudades importantes,que disfrutan sólo diecisiete ciudades (dieciocho a partir de 1492, cuando se incorpora Granada al reino): Burgos, Soria, Segovia, Ávila, Valladolid, León, Salamanca, Zamora, Toro, Toledo, Cuenca, Guadalajara, Madrid, Sevilla, Córdoba, Jaén, Murcia.
Juran al Rey
SOBERANÍA NACIONAL.-elecciones a Cortes que llevaron hasta Cádiz a la más variada representación de la «nación en armas», especialmente a un nutrido grupo de clérigos, abogados, funcionarios y militares, con una presencia no desdeñable de catedrátidos y nobles.
-Se reunen el 24 de septiembre de 1810 en Cádiz y se declaran representantes de la soberanía nacional.
Juran al Rey Fernando VII
-Las Cortes de Castilla condicionan mediante la concesión de servicios monetarios la gestión del monarca, pero, reconociendo el derecho real a legislar, no la paralizaban como sus homólogas de la Corona de Aragón. recordemos el protagonismo de las cortes en la crisis de 1640.
-Su principal labor será la creación de una  constitución: Limita el poder real, y separa los poderes del Estado. No podía modificar la Constitución, y su gobierno debía rendir cuentas ante el pleno o ante la diputación permanente si las Cortes no estaban reunidas. Aunque era jefe nominal de las fuerzas armadas, la organización de estas correspondía a las Cortes. La Constitución instituyó un ejército permanente, defensor de las fronteras exteriores, y una Milicia Nacional, ciudadana; una fuerza armada cuya principal misión era defender las libertades.
No contiene una declaración explícita de derechos, pero los principales derechos y libertades figuran en el articulado. Establece el sufragio universal masculino.
-La Constitución también proclamó la igualdad jurídica de todos los españoles, la inviolabilidad de su domicilio, las garantías penales y procesales y abolió la tortura. Promulgó el derecho a la educación, un bien público por el que debía velar el Estado, y por eso estableció la creación de escuelas primarias en todos los municipios, así como un Plan General de Enseñanza —una ley general de educación— común a todo el país.
Protegen y guardan las leyes, usos y costumbres de los reinos, pero necesitan la presencia del Rey que reparte privilegios, bienes y de él emanan las órdenes, mandatos, cargos para el buen gobierno de los súbditos . Saltarse este entramado produce las rebeliones- Guerra de las Comunidades, 1640,etc...)-.
Las Cortes de Cádiz. Estas aprobaron importantísimas reformas políticas, sociales y económicas. Acordaron: -La libertad de imprenta -El reconocimiento de la igualdad de derechos políticos de americanos y peninsulares-La abolición de la Inquisición-La extinción de los señoríos -La liberalización de la agricultura, de la ganadería, de la industria y del comercio.


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